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Aire para nuestros pulmones

 

Esta semana, José Luis Díaz comparte una nueva columna de opinión en la que nos habla de migrar, emigrar e inmigrar a través del «Aire para nuestros pulmones».

¿Es posible correr permanentemente con una bestia detrás? ¿Cómo enfrentar la llegada a uno de los muchos puestos fronterizos, con el cuello apretado, los pies cansados, muertos de hambre y sed?

Aire para nuestros pulmones

¿De qué manera deben reaccionar los fugitivos, los parias, los condenados a muerte cuando, al llegar a la isla Paraíso, lejos ya del mar y la noche oscura, cientos de personas les observan impúdicamente desde la terraza de un bar, al pie de una blanca y soleada fachada mediterránea?

¿Qué responderán nuestros «Odiseos» al escuchar los gritos de quienes piden su expulsión en la Piazza Salvatore Vigo?, ¿de quiénes reivindican el ambiente acogedor y pintoresco de la isla, su inmaculada arquitectura de color pastel y el brillo pulido de sus casas?, ¿de quiénes defienden que su prosperidad es incompatible con la llegada del otro y su miríada de acentos, con el brusco panorama de desastre que se lee en sus heridas?

La Unión Europea aprueba «el programa de reubicación de refugiados».

En septiembre del año 2015, los estados miembros de la Unión Europea aprobaron el programa de reubicación de refugiados para hacer frente a la crisis migratoria causada por la llegada de miles de refugiados a Grecia e Italia. Procedentes de países en conflicto como Somalia, Eritrea, Sudán, Afganistán o Siria.

Objetivo

La contribución española en la crisis migratoria y de refugiados 1El objetivo del programa es «abordar la crisis humanitaria y migratoria que se vive en diferentes partes del mundo”. Se reconoce que miles de personas se ven obligadas a desplazarse de sus países de origen debido a conflictos, persecución, violencia y falta de oportunidades.

Protección y una vida mejor

Estas personas buscan protección y una vida mejor en países seguros y estables. El programa de reubicación busca brindar una solución a esta situación, asegurando que las personas desplazadas, refugiadas o solicitantes de asilo tengan la oportunidad de restablecerse en un nuevo lugar y recibir la protección necesaria.

El objetivo fundamental es “garantizar su seguridad y bienestar». Esto permite distinguir entre dos clases de titulares del derecho de asilo.

Programa

Por un lado, están los candidatos que el programa de reubicación considera aptos, y por otro, aquellos que deben someterse a los procedimientos legales específicos que prevé, en este caso, la legislación comunitaria.

Los primeros

Los primeros tendrán la suerte de viajar a un país de destino que se ajuste a sus necesidades y preferencias.

Una vez allí, recibirán la protección necesaria, así como orientación sobre el idioma, la cultura local y aspectos esenciales como la cobertura de la Seguridad Social o las políticas del país en materia de vivienda y empleo.

Los segundos

Por otro lado, los segundos se enfrentan a una triple disyuntiva:

  1. presentar una solicitud de asilo convencional de acuerdo con los términos de la vigente Directiva de Procedimientos de Asilo y el Reglamento de Dublín;
  2. aceptar el regreso voluntario a sus países de origen;
  3. enfrentarse al retorno forzado en caso de que la autoridad competente rechace sus solicitudes de asilo.

Cupos y no individualidades

Reubicar a los migrantes implica hablar de cupos y no de situaciones individuales.

En otras palabras, aquellos que no son considerados aptos por el programa de reubicación, que responde a un interés no humanitario, sino demográfico, ven siempre rechazadas sus solicitudes de asilo.

Y eso es ilegal.

Política migratoria

En la última cumbre del MED9, celebrada en Malta, los países participantes, incluida Italia, han reconocido la necesidad de modificar la política migratoria de la Unión Europea.

Georgia Meloni, primera ministra de Italia, incluso ha propuesto que los barcos de las ONG que rescaten inmigrantes en el Mediterráneo sean acogidos por los países de la bandera del barco en cuestión.

Esto simplifica el conflicto y elimina burocráticamente el drama individual.

La Directiva de Procedimientos de Asilo, vigente en la Unión Europea, reconoce el derecho de todo solicitante a:

  • no ser expulsado del país mientras se tramita su solicitud; recibir las coberturas sociales previstas para sus nacionales;
  • ser asistido por un traductor, exponer su situación a un funcionario autorizado, quien examinará detenidamente el relato, requiriendo, si es necesario, la presentación de más documentos;
  • interponer recursos administrativos y judiciales contra la decisión final.

Un derecho inalienable y absoluto

La herida prolongada y silenciosa de un refugiado no admite celeridad, y mucho menos soluciones que respondan al confuso principio de la integridad territorial.

El derecho de asilo es inalienable y absoluto, y supone enfrentarse a la sangre y los ríos de plomo con un abrazo, con un saludo fraternal, con una redefinición de la tierra como un espacio global.

Porque cuando alguno de los proyectos internacionales que persiguen la colonización de Marte, como Mars One, SpaceX o Mars Society, llegue al puerto, las fronteras serán solo una aspiración rojiza, un recuerdo inútil ante el desafío de la supervivencia.

Allí, donde el aire servirá para aliviar nuestros pulmones y no para ondear banderas.

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